Zonificación para la PREVENCIÓN

El Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, (D.O.E. Nº 236, de 9 de diciembre), establece en su artículo 5 la zonificación del territorio en función del riesgo potencial de incendios forestales, indicando que los términos municipales agrupados en función del riesgo potencial de incendios aparecen relacionados en el Anexo I, relativo a las Zonas de Alto Riesgo o de Protección Preferente, quedando delimitadas y aprobadas, indicando asimismo que los terrenos que tengan la consideración de monte y que no estén expresamente detallados en el Anexo I de este Decreto, quedan declarados como Zonas de Riesgo Medio de Incendios.

Los terrenos que tengan la consideración de monte y que no estén expresamente detallados en el Anexo I de este decreto, quedan declarados como Zonas de Riesgo Medio de Incendios.

DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS DE ALTO RIESGO O DE PROTECCIÓN
PREFERENTE DE EXTREMADURA (Decreto260-2014 de 2 de diciembre, Anexo I)

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